México gana arbitraje ante CIADI por reclamo de inversión
El CIADI resolvió que México no debe indemnizar a Cyrus Capital ni Contrarian Capital.

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CIUDAD DE MÉXICO, agosto 5 (EL UNIVERSAL).- El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial resolvió que México no debe pagar a la empresa Cyrus Capital Partners y Contrarian Capital Management la indemnización que solicitan.
Tres años después de que se inició el proceso de arbitraje ante el CIADI, dicho organismo determinó que es improcedente el reclamo de 219 millones de dólares al amparo del otrora Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).
Cyrus Capital Partners y Contrarian "argumentaron ser inversionistas estadounidenses que, a través de filiales constituidas en las Islas Caimán, adquirieron bonos de deuda emitidos por TV Azteca", dijo la Secretaría de Economía en un comunicado.
"La reclamación se basó en una supuesta afectación a sus inversiones debido a una resolución emitida por un juzgado del Poder Judicial de la Ciudad de México", expuso.
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Sin embargo, el gobierno mexicano consideró que el arbitraje de inversión no era la vía para resolver el conflicto por tratarse de un conflicto entre empresas del sector privado, en la que no participa el sector público.
La dependencia mexicana aseguró que "la defensa de México se centró en demostrar que las reclamaciones de Cyrus y Contrarian tenían serias deficiencias que impedían al Tribunal Arbitral resolver la controversia conforme al TLCAN".
El 30 de julio, dicho tribunal arbitral resolvió que las dos firmas demandantes no podían considerarse inversionistas y que no contaban con capital en algún proyecto mexicano conforme a las reglas del TLCAN, por lo que desestimó el caso de arbitraje.
El fallo indica que las dos empresas tendrán que pagar a México un monto por concepto de gastos y costos de arbitraje.
Este arbitraje lo coordinó el gobierno mexicano, a través de la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional de la Subsecretaría de Comercio Exterior junto con la firma Pillsbury Winthrop Shaw Pittman.
En enero del 2026, el CIADI aseguró que "el Tribunal debe rechazar en su totalidad las objeciones jurisdiccionales de la Demanda y reservar su decisión respecto de la objeción de admisibilidad".
Dicho Tribunal expuso que el caso reclama "un comportamiento judicial indebido y sistemático en México, el cual denegó justicia a las Demandantes al obstaculizar sus esfuerzos por recuperar casi 500 millones de dólares originado de una deuda contraída por TV Azteca".
Añadió que la controversia se originó por la "persistente negativa por parte de TV Azteca a cumplir sus obligaciones, particularmente respecto a la falta de pago de las sumas adeudadas conforme a las Notas emitidas en agosto de 2017".
Otro de los hechos que detalla el CIADI es que, "en lugar de resolver estas reclamaciones mediante las vías legales acordadas, en septiembre de 2022, TV Azteca inició un procedimiento secreto ante un tribunal mexicano y utilizó deliberadamente el sistema judicial mexicano para impedir que las Demandantes recuperaran su inversión".
La anterior situación llevó a las dos empresas a buscar la reparación del daño mediante un arbitraje.
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