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El paquete económico 2027 y su impacto en la liquidez empresarial

Por Guadalupe del Carmen Briano Turrent

Noviembre 02, 2026 03:00 a.m.

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      El paquete económico 2027 conformado por la Ley de Ingresos de la Federación y reformas a leyes fiscales, aprobado por el Senado de la República y ratificado por el Congreso de la Unión el pasado 29 de octubre, busca una meta desafiante de consolidación fiscal para México. El plan pretende alcanzar una recaudación tributaria récord del 15.9% del PIB y amortiguar el déficit público. No obstante, el costo de este balance macroeconómico se trasladará a la estructura operativa, el flujo de efectivo y la carga impositiva de medianas y grandes empresas.

      Entre las principales modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y que impactarán a las personas morales a partir del 1 de enero de 2027 destacan las siguientes. 

      1. Control y tope a las deducciones autorizadas de ISR. Las empresas con ingresos anuales superiores a 50 millones de pesos y con más de 5 años de operación, verán limitada su deducibilidad. Si las deducciones de la empresa superan el 96.67% de sus ingresos, la deducción máxima permitida se topará a ese porcentaje. Si están por debajo de ese límite, se les permitirá aplicar el 99% de sus deducciones. Al incrementarse el margen gravable, pudieran afectarse los márgenes netos de utilidad operativa, y se acelera la salida de efectivo hacia la autoridad fiscal.

      2. Contención al escudo fiscal por pérdidas acumuladas. Una de las disposiciones con mayor impacto, es la adición del artículo 78-A a la Ley del ISR, el cual establece un límite del 50% a la amortización de pérdidas fiscales pendientes de aplicación sobre la utilidad fiscal del ejercicio corriente. Bajo esta regla, una empresa ya no podrá reducir su resultado fiscal a cero utilizando pérdidas de años anteriores; siempre tendrá que tributar y pagar el ISR sobre, al menos, la mitad de su utilidad del periodo. Las empresas en etapa de reestructuración o en sectores cíclicos se verán obligadas a pagar ISR aun teniendo pérdidas acumuladas por amortizar; lo que impacta sobre el flujo de caja del periodo. Por su parte, desincentiva la compra de empresas con pérdidas fiscales atractivas, reduciendo el valor de mercado de compañías en quiebra técnica o reestructura.

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      3. Reducción a la deducibilidad de intereses. El límite general para la deducibilidad de intereses netos derivados de deudas corporativas de gran escala se reduce del 30% al 20% de la utilidad fiscal ajustada. Esta medida encarece el costo de financiamiento y eleva la presión sobre las estructuras de capital muy apalancadas. Esta medida incrementa el costo de capital de las empresas, por lo que el financiamiento bancario se vuelve menos atractivo, lo que motivará a las empresas a buscar esquemas alternativos de capitalización. 

      4. Nuevas medidas para el Impuesto al Valor Agregado (IVA).  Se establece una restricción fiscal directa sobre el IVA trasladado por compañías aseguradoras en el pago de indemnizaciones por siniestros corporativos. Este IVA dejará de ser acreditable, constituyendo un costo directo no recuperable, lo que impactará en las reservas de contingencia y gestión de riesgos. Por su parte, el marco normativo ratifica la continuidad de retenciones de IVA para plataformas tecnológicas de la economía colaborativa (transporte, entrega, hospedaje, financiamiento colectivo).

      5. Ampliación de umbral para pequeñas y medianas empresas. El tope de ingresos para las personas morales que pertenecen o ingresen al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) se expande de 35 a 50 millones anuales, complementando con una tasa efectiva de IVA del 7%. Bajo este escenario, las pequeñas y medianas empresas maximizan su margen de maniobra operativo, al poder tributar bajo el esquema de flujo de efectivo, es decir, acumular ingresos y deducir gastos hasta que efectivamente se cobren o paguen, eliminando la presión de financiar impuestos sobre facturas emitidas, pero no cobradas.

      La agenda fiscal contenida en el paquete económico 2027, demanda una transición urgente de una contabilidad reactiva a una planeación financiera proactiva. Aquellas compañías que logren optimizar sus ciclos de conversión de efectivo, auditar su cadena de suministro y anticipar el impacto estacional de pagos provisionales desde el primer trimestre del año, no sólo blindarán sus márgenes netos de utilidad frente a la carga fiscal, sino que consolidarán una ventaja competitiva ante un entorno de liquidez altamente fiscalizado. 

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