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Plantea PVEM "candado" oficial para competir en 2027

La iniciativa establece que aspirantes obtengan una certificación que otorgaría el gobierno estatal

Por Ana Paula Vázquez

Mayo 05, 2026 01:52 p.m.

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Héctor Serrano Cortés / Foto: Pulso

Héctor Serrano Cortés / Foto: Pulso

El registro de candidaturas en San Luis Potosí podría condicionarse a la aprobación de exámenes de control de confianza, de acuerdo con una iniciativa presentada en el Congreso del Estado por el diputado Héctor Serrano Cortés, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y añadida de último momento en el orden del dia. La propuesta obligaría a aspirantes a cargos de elección popular —de regidurías a la gubernatura— a contar con una certificación de integridad y confiabilidad antes de poder ser inscritos.

El planteamiento modifica la Constitución Política del Estado, la Ley Electoral, la Ley Orgánica del Municipio Libre y la Ley de Control de Confianza, y establece que ningún partido político podrá registrar candidatos sin que estos acrediten dicho requisito. La medida se presenta a meses del inicio del proceso electoral de 2027.

De aprobarse, cada aspirante deberá tramitar por cuenta propia una Certificación Estatal de Integridad y Confiabilidad para Postulación Democrática ante el Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado, organismo que actualmente evalúa a personal de seguridad pública. Las pruebas incluyen exámenes psicológicos, poligráficos, médico-toxicológicos y análisis del entorno socioeconómico.

La constancia se integraría como requisito obligatorio al momento del registro, aunque la autoridad electoral sólo verificará su existencia, sin facultades para revisar el contenido de los resultados ni emitir juicios sobre la elegibilidad del aspirante. Los resultados de las evaluaciones tendrían carácter confidencial.

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Para justificar la medida, Serrano Cortés apeló al concepto de "autodefensa constitucional", que plantea que el orden jurídico puede establecer condiciones para evitar la infiltración de intereses ilícitos en cargos públicos. La iniciativa cita precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)  que, según el legislador, avalan que los congresos locales pueden fijar requisitos adicionales de elegibilidad siempre que sean objetivos, proporcionales y verificables. 

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La iniciativa establece que la certificación no constituye una sanción ni una restricción automática al derecho a ser votado y que el proceso será preventivo y no sancionador. De aprobarse, la reforma entraría en vigor al día siguiente de su publicación; el Centro de Evaluación tendría 90 días para emitir lineamientos y el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) deberá ajustar su normativa para incorporar este requisito en el registro de candidaturas.