TEPJF perdona multas a jueces por acordeones
El tribunal revocó las sanciones de 6.3 millones de pesos impuestas por el INE contra los juzgadores

Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las multas de 6.3 millones de pesos impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de juzgadores que aparecieron en los acordeones, al argumentar que no hay pruebas de que éstos se hayan utilizado en la pasada votación del Poder Judicial.
La propuesta de revocar de forma lisa y llana fue aprobada por tres votos a favor de Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata; dos en contra, de Reyes Rodríguez y Janine Otálora, con la excusa para ausentarse de Gilberto Bátiz y Claudia Valle.
El bloque mayoritario sostuvo que el INE no realizó una investigación exhaustiva para comprobar la relación de las candidaturas con los acordeones y, en su caso, el beneficio que obtuvieron en la elección. El órgano determinó que, si bien los acordeones fueron elaborados por terceros, generaron un beneficio indebido, por lo que impuso multas con base en 10% del tope de gastos de cada cargo, y valorando la capacidad económica de cada persona.
La magistrada presidenta Mónica Soto subrayó que no hay evidencia del impacto de estos mecanismos en la votación ni el beneficio para las candidaturas que aparecieron en las listas.
¡Sigue nuestro canal de WhatsApp para más noticias! Únete aquí
“Tampoco se demostró la finalidad que perseguían, pues no quedó claro ni acreditado el supuesto beneficio indebido a favor de las candidaturas, al no haberse probado que la propaganda denunciada se hubiera distribuido de manera masiva, mucho menos que el electorado hubiera tenido acceso a ellas ni que se hayan utilizado el día de la jornada electoral”.
El magistrado Felipe Fuentes señaló que el INE acreditó la existencia de los acordeones, pero no pudo comprobar el impacto que tuvieron en la elección ni su origen, por lo que no se sostienen las sanciones.
“Aun si se admitiera la existencia del beneficio, no se acreditó que las personas sancionadas tuvieran conocimiento de los hechos. El INE sustituyó la prueba por una presunción, sostuvo que por tratarse de un hecho notorio las candidaturas necesariamente debieron conocerlo. Este razonamiento, bajo mi perspectiva jurídica, es equivocado”.
La propuesta del magistrado Reyes Rodríguez fue confirmar las multas, argumentando que el objetivo de los acordeones fue impulsar estas candidaturas.
no te pierdas estas noticias












