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Falla la SCJN contra UASLP por cobro de cuotas

Ministros ratifican amparo de alumna para no pagar inscripción

Por Jaime Hernández

Noviembre 28, 2025 03:00 a.m.

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Falla la SCJN  contra UASLP por cobro de cuotas

La Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) sufrió un revés legal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que desechó un amparo en contra de una sentencia que libraba a una alumna de pagar cuotas de inscripción para cursar sus estudios universitarios.

En sesión de Pleno celebrada ayer, los ministros de la SCJN votaron por unanimidad el desechamiento del amparo en revisión 305/2025 mediante el cual la UASLP planeaba revertir un amparo concedido en 2022 a una alumna contra el cobro de cuotas de inscripción para la Maestría de Metalurgia, alegando que esto violentaba la garantía constitucional de la gratuidad de la educación superior.

La UASLP, a través de su Secretaría de Finanzas, impugnó ese amparo señalando que la reforma constitucional de 2019 a la Ley General de Educación, que garantizaba la gratuidad de la educación superior, no implicaba una aplicación inmediata, sino que establecía que debía ser gradual y progresiva, sujeta a la disponibilidad presupuestaria, por lo que el cobro en ese momento era legal.

Un primer fallo de un Juzgado de Distrito le concedió el fallo a la estudiante, aduciendo que el decreto de 2019 no exigía un periodo de espera. La gratuidad, expresó, no podía estar supeditada a una "gradualidad" basada en presupuestos.

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Cabe mencionar que el fallo ordenaba desincorporar el cobro de la esfera jurídica de la alumna y devolverle el dinero.

La UASLP impugnó la decisión un par de veces, con recursos de revisión, argumentando que el juez ignoró el principio de progresividad, que permite ajustar la gratuidad a los recursos económicos del Estado.

De nuevo, los fallos fueron contrarios y en 2023, interpuso una nueva impugnación ante el un Tribunal Colegiado federal en San Luis, que se resolvió hasta junio de este año con la declaración de incompetencia de esa instancia, que lo remitió a la SCJN porque la universidad estatal señalaba agravios de constitucionalidad de una Ley General.

Ayer la SCJN declaró inoperantes los agravios de la Universidad y confirmó la sentencia a favor de la alumna. Argumentó que la UASLP carece de legitimación para defender la Ley General de Educación, pues solo corresponde a quienes la emitieron o promulgaron (el Congreso de la Unión o el Presidente), no a la entidad que la ejecuta.

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